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14 de mayo de 2011

Ley de costos, precios y protección del salario I y II



A pesar del fracaso de los controles de precios sobre la economía nacional a lo largo de la presente gestión de Gobierno, se quiere aprobar una Ley que pretende “normar” sobre los efectos de la inflación, queriendo decretar inflación cero, sin solucionar las causas de la inflación en Venezuela.
La carga ideológica alrededor del tema inflacionario, cuando este constituye un tema de solución técnica, avizora un rotundo fracaso y una profunda frustración futura, como ha ocurrido con la Ley contra la Especulación, el Boicot y el Acaparamiento, luego la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios que sustituyó la anterior, así como respecto a los controles de precios, y ahora, la Ley de Costos, Precios y Protección del Salario.
Esta simple sustitución y derogatoria de normativas, empezando por la de protección al consumidor que databa de 1995 –aun cuando Venezuela constituía uno de los países de Latinoamérica con la más longeva experiencia y tradición en materia de protección al consumidor- ha perfeccionado una situación de inflación regulatoria.
Se ha ido aprobando sucesivas normas y políticas públicas que pretenden tutelar la misma materia, lo que implica crear innecesariamente instrumentos nuevos, reduciendo predictibilidad sobre el entramado legal y su administración. Adicionalmente, se le ha otorgado a los instrumentos de protección al consumidor (desde la Ley contra la Especulación, el Boicot y el Acaparamiento hasta la Ley para el Acceso de las personas a los Bienes y Servicios) objetivos regulatorios no propios a su naturaleza normativa.
La protección al consumidor no tiene que ver con la eventual preocupación de acceso a los bienes y servicios, sino con el resguardo de la buena fe comercial y las condiciones claras, así como información suficiente, para que los consumidores tomen sus decisiones de forma más eficiente. Incluir en la normativa de protección al consumidor, ilícitos económicos como la especulación, el boicot y el acaparamiento, constituye -como se hizo en el caso de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios- un conflicto de intereses regulatorios. Los conceptos de ilícitos económicos del tipo especulación, boicot y acaparamiento constituyen materia de la regulación de competencia. De igual manera la garantía de acceso a los bienes y servicios, siendo efectivamente materia de interés público, difícilmente es susceptible de decreto –queremos decir que la simple redacción y publicación de una norma no lo garantiza-. Esta materia es responsabilidad del Ejecutivo Nacional en lo concerniente a:
  • Políticas anti-inflacionarias, que se encuentren precedidas de, una política fiscal responsable, creíble, controles sobre el gasto público corriente no productivo, ausencia de financiamiento inorgánico –esto resguarda el poder de compra de los ingresos y no hace catastróficos los precios de los bienes y servicios-.
  • Política cambiaria menos restrictiva, que evite que el dólar sea uno de los recursos más escasos, toda vez que constituye referencia para la adquisición de bienes, en una economía, que la actual gestión de Gobierno, ha transformado fundamentalmente de puerto.
  • Protección del modelo y de los principios económicos, constitucionalmente consagrados, como la economía de mercado, la libertad económica, la libre iniciativa y la propiedad privada; permitiendo un entorno institucional proclive a la generación de empresas, de emprendedores y la creación de fuentes de empleos sostenibles para fortalecer la oferta de bienes y servicios.
  • Política y Regulación de Competencia apegada a su materia normativa.
Es así como la estrategia oficialista, a las vísperas de unas elecciones definitorias, resulta continuar desentendiéndose de sus responsabilidades, achacando sus culpas, omisiones, desconocimiento y errores al individuo común, al consumidor porque consume irresponsablemente mucha energía, a los dueños de empresas porque son especuladores, etc.
Sin embargo, la inflación como fenómeno especulativo constituye la escusa más falaz y fútil que se le haya endilgado al fenómeno de incremento inter-temporal del nivel de los precios; con el simple propósito de continuar cercando las acciones económicas individuales y continuar estableciendo regulaciones y barreras a la actividad económica en Venezuela.
La inflación como fenómeno especulativo e inercial no cuenta con micro-fundamentos sólidos. Los empresarios no cuentan con incentivos para incrementar irrestrictamente los niveles de precios inter-temporalmente. Lo anterior se debe a la propia regla de optimización de costo marginal igual a ingreso marginal. Un incremento de precios más allá de esta regla implicaría una pérdida de ingresos supra-marginales superior al descreme de mercado infra-marginal producto del incremento de precios. Luego, como lo planteara Ronald Coase, en mercados de productos duraderos, los incentivos podrían ser a disminuir los precios para atender a la demanda residual inter-temporalmente. Adicionalmente, un precio óptimo es fijado en un único periodo y no sucesivamente, por lo que el incremento de precios a lo largo del tiempo –salvo por impactos inflacionarios sobre la estructura de costos- no cuenta con asidero lógico. Lo anterior significa que el precio de optimización, por más poder de mercado que pueda ostentar una empresa es un equilibrio de Nash tomado en un único periodo del tiempo y no sucesivamente.
Países vecinos, en cuya economía se encuentran presentes fundamentalmente el mismo tipo de empresas, marcas, transnacionales y productos, muestran niveles inflacionarios sustancialmente menores a los nuestros. La diferencia fundamental entre estos países no son la existencia de empresarios capitalistas, sino el Gobierno venezolano que ha realizado un manejo tremendamente irresponsable de las finanzas públicas, de las políticas públicas, las regulaciones y la política económica en general.
Una economía en la cual la relación de oferta de bienes y servicios es cada vez menor con respecto al creciente volumen de dinero, no puede sino hacer del dinero de curso legal un “bien” abundante en términos relativos a lo escaso de los bienes y servicios. Las comillas obedecen al hecho de que mientras esta relación se continúe deteriorando, el dinero de curso legal se transforma en un mal toda vez que pierde su función de resguardo de valor.



Los mercados por medio de sus sistemas de precios -en la medida que el Estado fomente la actividad económica, la oferta y el emprendimiento- garantiza resultados en los cuales el bienestar social es elevado. Por el contrario, la imposición administrativa de precios, terminará determinando una situación en la cual se destruye bienestar, a la par que se conculca la soberanía del consumidor y la libre iniciativa de los oferentes.
Lo anterior ocurre en la medida que los precios administrados, supongamos a niveles inferiores del precio de mercado, destruyen bienestar social por varias vías. Primero, en el caso que los precios sean inferiores a los costos, un conjunto de personas que adquieran los bienes tendrán disponibilidades de pago y valoración por el bien a niveles inferiores al costo y a los recursos que para la sociedad implica su generación y oferta. Obviamente, esta es la situación más dramática y aun cuando parezca extrema podría ocurrir, toda vez que el regulador es imperfecto –no posee toda la información como para suplantar al mercado como mecanismo de distribución y determinación de precios, producto del libre intercambio entre oferentes y demandantes-.
Segundo caso, cuando el precio controlado es inferior al de mercado pero superior a los costos de generar el producto, no se garantiza que la sociedad agregue el mayor valor de rentas y excedentes –tanto del consumidor como del oferente-. Esta situación, implica que una mayor demanda por un precio administrativamente bajo, se incrementa por la adición de aquellos consumidores que poseen una disponibilidad de pago inferior al precio de mercado pero superior al precio administrado.
Adicionalmente, se podrían incorporar a la demanda individuos que valorando o no el bien –disponibilidad de pago inferior al precio administrado-, encuentran una oportunidad de arbitraje o para extraer rentas de escasez al extender la cadena de comercialización hacia un nuevo estadio informal. Lo anterior ocurre, porque precios inferiores constituyen, igualmente, desincentivos a la oferta, reduciéndose la oferta en comparación a la que existiera si el precio fuese el de mercado y no el administrado.
Así las cosas, se produce una extensión vertical de la cadena de comercialización, se incrementan los costos de la distribución en términos agregados, creándose problemas de doble-marginalización que destruyen cualquier “esfuerzo” por supuestamente garantizar el acceso a los bienes. Lo peor de esta situación es que no se garantiza aumento de consumidores satisfechos, no se garantiza el nivel de bienestar social, no se garantiza que quienes valoren el bien aporten con el máximo excedente del consumidor posible, ni siquiera se garantiza que la población políticamente protegida con la política tenga acceso al bien controlado y al “subsidio implícito” que implica su control.
La dinámica anterior ha proliferado en la economía venezolana, producto justamente del desatino regulatorio y de los controles de precios, que han creado desabastecimiento e incentivos para extraer rentas de escasez, a través de la extensión de la cadena de comercialización, hacia renglones informales de difícil seguimiento y control.
Según el semanario Quinto Día, en su publicación correspondiente al periodo del 6 al 13 de mayo de 2011, el máximo responsable del INDEPABIS estaría a favor de regular las ganancias de las distintas actividades económicas. Esta propuesta resulta anacrónica en lo que a la evolución de las políticas públicas y regulatorias se refiere. Este tipo de propuestas suele denominarse esquemas regulatorios basados en costos, en desuso a nivel mundial. Más allá, las regulaciones de rentabilidades pueden crear enormes distorsiones como lo plantease la escuela revisionista de la economía industrial basada en la Hipótesis del Diferencial de Eficiencias.
Las rentabilidades de las empresas puede deberse al resultado de sus esfuerzos por diferenciarse, atender adecuadamente a las preferencias de los consumidores o eficiencias productivas. Una regulación que tenga por criterio la rentabilidad atentaría en contra de estas situaciones que benefician el mercado y a los consumidores en particular. Adicionalmente, controlar artificialmente las rentabilidades, afectará los esquemas de incentivos de la producción y oferta de bienes y servicios altamente ponderados por los consumidores.
Por otra parte, la determinación de los criterios, activos o inversiones a reconocer para fijar el control sobre la rentabilidad, suele distorsionar las decisiones de inversión óptimas, a favor de la producción y oferta de bienes y servicios. Esta distorsión generada por el control de rentabilidades se conoce como el efecto Averch-Johnson.
Una de las principales críticas a la Ley de Costos, Precios y Protección al Salario, es que no se ha justificado su existencia. Más allá, el ámbito de aplicación que personalidades del oficialismo le asignan –sobre, prácticamente todos los sectores económicos-, evidencia el absoluto desconocimiento de la materia económica, regulatoria y de políticas públicas. La inflación no se controla vía leyes y decretos, experiencias sobran en Venezuela y a nivel mundial. Ahora bien, tampoco ha sido validado ni constatado la existencia de una falla de mercado que justifique tal normativa.
Los controles de precios y costos, sólo se justifican ante la existencia de una falla de mercado del tipo monopolio natural y su ámbito de aplicación se encontraría tremendamente focalizado y reducido sobre un agente económico particular.
Lo anterior no haría necesario una ley, sino un mecanismo de regulación sobre este agente económico que cumpla con el requisito de existencia de subaditividad en su estructura de costos y estructura de mercado monopólica cerrada vía demanda. Actuar a espalda de estos requerimientos de validación y justificación, podría implicar un despilfarro de recursos públicos, así como una lesión a la economía al crear falsos positivos sobre las víctimas de la regulación.
En todo caso, una vez validado lo anterior, debería diseñarse esquemas regulatorios basados en incentivos, para incentivar la eficiencia que en el mediano plazo, la cual sería trasladada a los consumidores finales por medio de la transferencia de excedentes.
Las leyes que afectan intereses deben contar con análisis coste-beneficios, metodología que aplicada sobre la ley propuesta, evidenciaría que la misma ni siquiera pasaría la prueba de lo normativo –del deber ser-.

Fuente: www.analitica.com
Autor: Rafael González
Master en Competencia y Regulación de Mercados. Master in Industrial Organization and Markets. Professor Universitario en Regulación Económica y Regulación de Competencia. 

15 de abril de 2011

29 herramientas de busqueda de informacion en Internet

HERRAMIENTAS DE BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN EN INTERNET

Motores de búsqueda en Internet

  1. Alta Vista – www.altavista.com
  2. Ask – www.ask.com
  3. Gigablast – http://www.gigablast.com/
  4. Excite – www.excite.com
  5. Google – www.google.com
  6. Lycos – www.lycos.com

Metabuscadores en Internet

  1. Yippee – http://clusty.com/
  2. Dogpile – www.dogpile.com
  3. Mamma.com – www.mamma.com
  4. MetaCrawler – www.metacrawler.com/
  5. Search.com – www.search.com

Directorios

  1. About.com – www.about.com Mas de 700 guias mantenidas por expertos altamente recomendable
  2. Academic Info – http://www.academicinfo.net/subject-guides una extensa guia de recursos en internet sobre temas de investigacion
  3. Infomine – infomine.ucr.edu/Main.html Mas de 15.000 enlaces a recursos de investigación universitaria
  4. Librarians’ Index to the Internet – www.lii.org 7200 enlaces a recursos bibliotecarios
  5. Open Directory Project – www.dmoz.org Uno de los mejores directorios de información que existen
  6. WWW Virtual Library – vlib.org/Overview.html el directorio más veterano qeu existe en activo
  7. Yahoo -dir.yahoo.com el famoso directorio de Yahoo

Buscadores especializados en Internet

  1. USA – www.usa.gov toda la información de las administraciones publicas de usa
  2. Google - US Government Search - buscador de google especializado en la adminstración en USA
  3. Healthfinder – www.healthfinder.gov buscador sobre asuntos de salud promocionado por el departamento de salud
  4. MEDLINEplus – www.medlineplus.gov otro buscador sobre asuntos de salud
  5. FindLaw – www.findlaw.com un buscador con mas de 25.000 recursos sobre leyes
  6. Scirus – www.scirus.com buscador exclusivo sobre temas cientificos
  7. Wayback Machine – http://www.archive.org/web/web.php excelente recurso para recuperar páginas antiguas en la red

3 GUIAS PARA BUSCAR EN GOOGLE Y UNA RECOPILACIÓN DE MOTORES DE BÚSQUEDA

  1. Articulo del elhacker sobre los trucos de búsqueda en Google
  2. Articulo en microsiervos sobre los comando básicos de búsqueda en Google
  3. 18 consejos sobre como utilizar la busqueda en google
  4. Recopilación de motores de busqueda

Perspectivas económicas de Latinoamérica

Presentación preparada por José Luis Escrivá, economista jefe del grupo BBVA, que analiza la situación y perspectivas de las economías latinoamericanas.
Perspectivas de Latinoamérica

El comercio mundial en 2010 y perspectivas para 2011

Nota  de la Organización Mundial de Comercio con un análisis de los datos del comercio internacional en 2010 y sus perspectivas para 2011.
Evolución del comercio internacional

29 de enero de 2011

Crearán un área de integración profunda

Colombia, Chile, México y Perú buscan ahondar las relaciones de comercio, inversión y finanzas entre las cuatro naciones.
Los ministros de Comercio de Colombia, México y Perú y el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, se reunieron, ayer en la capital de este último país, para avanzar en la definición de la hoja de ruta a seguir para la conformación de un Área de Integración Profunda (AIP), tras la propuesta inicial hecha, en octubre de 2010, por el Presidente del Perú.
La idea del AIP, vale recordar, surgió del mandatario peruano Alan García hace menos de tres meses, como preámbulo a la realización de la VI Reunión Ministerial del Foro Arco del Pacífico Latinoamericano, que se cumplió en Cusco, Perú. Posteriormente, el presidente Sebastián Piñera, de Chile, invitó a sus homólogos de los tres países mencionados a una primera reunión para empezar a revisar la forma de fortalecer la relación, con miras a esa integración profunda.
Según lo ha explicado el ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, Sergio Díaz-Granados, los cuatro países en cuestión ya tienen una serie de acuerdos de libre comercio profundos, y la idea es ir más allá de ellos. También ha reiterado que “esta es una excelente oportunidad, tanto para mejorar el relacionamiento en comercio, inversión y finanzas, entre nuestras naciones, como para seguir avanzando hacia el objetivo de acercarnos cada vez más a las economías de los países del Asia-Pacífico”.
La iniciativa tiene objetivos similares a los que persigue el Foro Arco: integrar a los países latinoamericanos de la Cuenca del Pacífico y estrechar sus vínculos con los de Asia-Pacífico. Para lograrlo, el Arco ha venido trabajando en los temas de convergencia comercial e integración; facilitación de comercio y logística; promoción y protección de las inversiones y cooperación para la competitividad.
Ahora, ese es, precisamente, uno de los propósitos que envuelve la propuesta peruana, pues si bien iniciativas similares, tanto en Aladi como en el Foro, también apuntan a la creación de espacios de integración, no buscan lograr el grado de profundidad que se espera con el AIP.
Además de los ministros mencionados, estuvieron presentes, entro otros, el secretario de Economía de México, Bruni Ferrari García de Alba; el director general de Relaciones Económicas Internacionales de Chile, Jorge Bunster, y el viceministro de Comercio Exterior de Perú, Carlos Posada Ugaz.
En forma paralela, y encabezada por la presidenta de Proexport, María Claudia Lacouture, se avanza junto con sus similares de Chile (Prochile) y Perú (Promperú) en el diseño de las primeras iniciativas tendientes a implementar un plan conjunto que permita fortalecer la presencia y promoción comercial de los tres países, en la región Asia Pacífico.
“Tenemos una tarea importante de integración en los tres países donde compete a Proexport, Prochile y Promperú desarrollar la estrategia para lograr un aprovechamiento comercial en Asia Pacífico”, explicó Lacouture.
El objetivo es que cada país pueda aportar lo mejor de su experiencia tanto en la promoción de exportaciones como la atracción de turismo e inversión extranjera, teniendo en cuenta que se trata de economías complementarias.
Así mismo, se busca sacar provecho de la presencia que actualmente tienen los tres países en la región Asia Pacífico: Proexport Colombia, con su oficina comercial en China, y Prochile, con presencia en otras 11 naciones. Al compartir oficinas se reducen los costos de operación. 


4 países: Colombia, Chile, México y Perú, buscan tener un área de integración profunda.
Plan conjunto de promoción
El trabajo en equipo entre Proexport, Promperú y Prochile permitirá, en materia de promoción de exportaciones, participar conjuntamente en ferias internacionales, elaborar planes de exportación sectorial, realizar campañas de fortalecimiento en imagen país, activación de líderes de opinión y clientes, desarrollar misiones comerciales, proyectos sectoriales, macrorruedas y estudios de mercado.
En turismo se podrá trabajar en la elaboración de estudios de mercado, identificación de mayoristas y participación conjunta en ferias del sector.
En inversión se harán estudios de mercado, identifica-
ción de tendencias de inversión y contactos con los principales inversionistas.En el proceso de establecimiento de la alianza a través de acuerdos comerciales, se buscará realizar actividades conjuntas en la región Asia Pacífico en el primer semestre de 2011, misiones comerciales y/o seminarios.