La habilitación de un próximo embarque SOLO DEBE SOLICITARSE una vez
consignado ante la Oficina CADIVI, en Aduana, los recaudos del embarque
previo. Una vez consigne la documentación correspondiente al PRIMER
EMBARQUE en la Oficina CADIVI en Aduana, el sistema automáticamente le
habilitara el segundo embarque si es necesario, dependiendo de lo
autorizado en su AAD.
Debe requerir una habilitación a la vez, y debe contemplar el número de embarque próximo a realizar.
Una vez solicitada la habilitación del próximo embarque, no sobrescriba la información correspondiente a las facturas finales del embarque anterior. Cuando procesemos su solicitud, estos campos serán blanqueados para registrar la información de facturas finales del siguiente embarque.
Cuando incluya en nuestro sistema la información de las facturas finales, asegúrese de que en el campo "NÚMERO DE EMBARQUE", el sistema presente el valor correspondiente al número de embarque que está procesando. Sí no es así, escríbanos indicándonos el número de embarque que en realidad se dispone a ejecutar.
Se le sugiere revisar la providencia de importación Nº 104 artículo 21 del multiembarque, gaceta Nº 39.456, que se encuentra en la pagina WWW.CADIVI.GOB.VE
Debe requerir una habilitación a la vez, y debe contemplar el número de embarque próximo a realizar.
Una vez solicitada la habilitación del próximo embarque, no sobrescriba la información correspondiente a las facturas finales del embarque anterior. Cuando procesemos su solicitud, estos campos serán blanqueados para registrar la información de facturas finales del siguiente embarque.
Cuando incluya en nuestro sistema la información de las facturas finales, asegúrese de que en el campo "NÚMERO DE EMBARQUE", el sistema presente el valor correspondiente al número de embarque que está procesando. Sí no es así, escríbanos indicándonos el número de embarque que en realidad se dispone a ejecutar.
Se le sugiere revisar la providencia de importación Nº 104 artículo 21 del multiembarque, gaceta Nº 39.456, que se encuentra en la pagina WWW.CADIVI.GOB.VE