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17 de noviembre de 2015

Ejercicio Admisión Temporal - Del Grupo FB.

Propuesto por Oscar Ortiz  
Ejercicio de hoy.
Bastante sencillo.
Un importador, trajo bajo régimen de admisión temporal una maquinaria. que ingreso a Vzla. el 15/02/2015. (dolar sicad 2)
Antes de vencer el plazo otorgado, decide nacionalizar. Solicita el permiso al seniat y este le otorga el beneficio el día 10/11/2015.
Como se liquidan los impuestos de importación.
1 Con el cambio del dia en que se autoriza la nacionalización (10/11/2015)? (simadi?)
2. Con el cambio del día que se declaro el ingreso de la mercancía 15/07/2015)? (sicad 2?)
Bajo cuales artículos de la LOA y sus reglamentos, esta basado su criterio?
Los administradores. Favor esperar a final de tarde para dar sus respuestas.
Gracias
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Comentarios
Isaac Morales Con el cambio del Dia con que se autorice la nacionalización (Simadi) olvídense de Sicad quedó para el recuerdo. Ahora más tarde fundamento.
Brian Andres Morillo Cambio del dia, ya que no recuerdo el numero de articulo pero hay uno que establece que es el tipo de cambio vigente para el momento de la nacionalizacion
Oscar Ortiz Ok. cuando puedan, coloquen bajo cuales articulos validan su criterio.
Hernando Luis Lopez Angeli creo que los tiros van por los articulos 30 al 38 del RLOARLSRAE
Oscar Ortiz Isaac Morales, Bryan Brian Andres Morillo. Revisen sus respuestas por favor.
Jose R. Cabrera M. Buen día. Esperaré que los estudiantes participen y luego vuelvo y respondo... pero la primera respuesta no es correcta
Oscar Ortiz Nano Roc, hermano convoca a la corte y terminemos esto hoy.
Freddy Yepez Si la mercancia entro con permiso temporal con Sicad, se supone que los derechos estan depositados o afianzados, y si la mercancia se va a nacionaluzar solo tiene que que hacer efectivo el deposito o la fianza
Oscar Ortiz Freddy, adicional al impuesto que otro importe debe cancelar?
Oscar Ortiz Gracias Brian, modificaste tu criterio.
Brian Andres Morillo Es que el reglamento dice que es a la fecha de llegada de la mercancia y nombra los extras que hay que pagar. pero lo del tipo de cambio no menciona nada pero una vez me toco un caso en q el arancel cambio de tarifa y se pago con tarifa vigente. pero vamos a esperar la solucion de este caso
Freddy Yepez Hasta donde tengo entendido no se paga mas nada, Si no lo afianzado o lo depositado
Oscar Ortiz Brian, si tu caso fue un inbond, es como comentas. si se trata de una admision temporal no cambia nada.
Oscar Ortiz Freddy, aparte de cancelar el impuesto garantizado, debes cancelar intereses moratorios sobre dichos impuestos, desde la fecha de vencimiento de la declaracion (5 dias habiles despues de emitida la planilla afianzable) hasta la fecha de cancelacion real de los impuestos.
Freddy Yepez Bueno yo nunca he tenido los intereses moratorios como impuesto, y la pregunta del post me habla es de como se liquidan los impuestos de importacion
Oscar Ortiz Se busca que las respuestas sean completas.
Nano Roc hermano, me estoy activando apenas. Convoco?
Oscar Ortiz Nei. esto ta listo
Nano Roc A mi manera de verlo:
Opción 2) Con el cambio del día que se declaro el ingreso de la mercancía para su importaciòn 15/07/2015, conforme a la CIRCULAR 226 del 18022015 tasa de cambio Valor, y el Art 120 de la LOA.
Los intereses de mora conforme al 30 ...Ver más
Oscar Ortiz Nano, brillante exposicion. Solo una pregunta, porque mencionas el 120loa. Lo multarias?
Oscar Ortiz Hola Mariale Espino, Tienes alguna pregunta?
Nano Roc manito "Artículo 120 LOA (GO 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014): La introducción de las mercancías al territorio nacional, causará los tributos establecidos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y se aplicará el régimen jurídico vigente a la fecha de registro de la declaración de aduanas para su importación (...)"